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La mayoría de los propietarios California que alquilan viviendas a inquilinos son conscientes de que ser propietario conlleva muchas responsabilidades. Una de las más importantes de esas responsabilidades consiste en mantener las propiedades que alquilan para que estén libres de peligros para los ocupantes que viven en ellas. Sin embargo, hay algunos propietarios que parecen preferir no gastar dinero en reparaciones, y a estas personas se las suele denominar slumlords.
¿Vive usted en una vivienda propiedad de un arrendador? Si su casero no ha arreglado los problemas de su vivienda de alquiler a pesar de que usted se lo ha notificado, puede ser señal de que vive en un barrio marginal, y su casero podría tener problemas con la ley.
Aunque la ley puede considerar cada caso de forma diferente, los inquilinos no deberían tener que esperar mucho tiempo para que se hagan reparaciones en sus propiedades después de quejarse del problema al propietario. Por ejemplo, los problemas de calefacción y fontanería deben resolverse, por lo general, en un plazo de 24 horas desde la notificación al propietario. Otros problemas menos urgentes para la salud y la seguridad del inquilino deben solucionarse en 48 horas.
Dicho esto, los propietarios no pueden entrar en la vivienda de un inquilino sin avisar para hacer reparaciones. En aras de su propia intimidad y seguridad, los inquilinos deben ser notificados con antelación de la entrada del propietario o de su personal de reparaciones en la vivienda. El propietario sólo puede entrar sin avisar en situaciones de emergencia, como un incendio o una inundación.
¿Existen problemas peligrosos en su vivienda que deben ser reparados, pero su casero -o propietario- hace caso omiso de ellos? ¿Ha sufrido lesiones graves a causa de estos problemas? A Pomona, California, abogado de responsabilidad de locales puede ayudarle a obtener una indemnización económica por sus lesiones.
Fuente: FindLaw, "Obligaciones de los arrendadores en materia de reparaciones, mantenimiento y aviso a los inquilinos para que entren en la vivienda," consultado el 28 de noviembre de 2016